Contable, comercial, laboral, tributario y legal
Información importante para el 2019: Tributaria - Financiera - Laboral - No obligados
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TRIBUTARIA
Impuesto de Renta personas jurídicas (artículo 240 del ET) |
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2019 | 33 % |
2018 | 33 % |
Sanción Mínima (artículo 639 del E.T.) |
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2019 | $343.000 |
2018 | $332.000 |
2017 | $319.000 |
2016 | $298.000 |
UVT (Resolución 000056 de 2018) |
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2019 | $34.270 |
2018 | $33.156 |
2017 | $31.859 |
2016 | $29.753 |
2015 | $28.279 |
2014 | $27.485 |
IVA | |
19 % | |
RETEIVA | |
15 % |
Tributación diferente al 33 % por el año gravable 2018 |
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Beneficiarios de la Ley 1429 de 2010 | 9 % |
Nuevos hoteles en municipios hasta 200.000 habitantes (certificado a 31 de diciembre de 2016, por un término de 20 años) | 9 % |
Hoteles remodelados en municipios hasta 200.000 habitantes (certificados a 31 de diciembre de 2016, por un término de 20 años) | 9 % |
Nuevos hoteles en municipios igual o superior a 200.000 habitantes (certificado a 31 de diciembre de 2018, por un término de 10 años) | 9 % |
Hoteles remodelados en municipios igual o superior a 200.000 habitantes (certificados a 31 de diciembre de 2018, por un término de 10 años) | 9 % |
Nuevos proyectos de parques temáticos en municipios hasta 200.000 habitantes (por un término de 20 años) | 9 % |
Nuevos proyectos de parques de ecoturismo y agroturismo hasta 200.000 habitantes (por un término de 20 años) | 9 % |
Nuevos muelles náuticos en municipios de hasta 200.000 habitantes (por un término de 20 años) | 9 % |
Nuevos proyectos de parques temáticos en municipios igual o superior a 200.000 habitantes (por un término de 10 años) | 9 % |
Nuevos proyectos de parques de ecoturismo y agroturismo igual o superior a 200.000 habitantes (por un término de 10 años) | 9 % |
Nuevos muelles náuticos en municipios de igual o superior a 200.000 habitantes (por un término de 10 años) | 9 % |
Servicio de ecoturismo | 9 % |
Leasing de inmuebles construidos para vivienda | 9 % |
Cultivos de tardío rendimiento (artículo 1 de la Ley 939 de 2004) | 9 % |
Empresas editoriales | 9 % |
Usuarios de nuevas zonas francas municipio de Cúcuta | 15 % |
Usuarios de zonas francas operadores y usuarios | 20 % |
Entidades régimen tributario especial | 20 % |
Cooperativas | 20 % |
Ganancias ocasionales | 10 % |
Ganancias ocasionales por premios rifas | 20 % |
Cédulas para declarar renta personas naturales 2018 | |
Rentas de trabajo (tabla 1 del artículo 241 del ET) | |
Renta de pensiones (tabla 1 del artículo 241 del ET) | |
Rentas de capital (tabla 2 del artículo 241 del ET) | |
Rentas no laborales (tabla 2 del artículo 241 del ET) | |
Renta por dividendos o participaciones (artículo 242 del ET) |
Impuesto al patrimonio - Personas Naturales (artículo 296-2 del ET modificado por el artículo 35 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018) |
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2019 a 2021 | |
1 % |
NO OBLIGADOS
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2018 |
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La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2018 no fue responsable de IVA en el régimen común y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos: |
Requisito | UVT $33.156 | Valor |
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Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda | 4.500 | $ 149.202.000 |
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a | 1.400 | $ 46.418.000 |
Consumos con tarjeta de crédito no excedan | 1.400 | $ 46.418.000 |
Compras y consumos totales del año no excedan | 1.400 | $ 46.418.000 |
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan | 1.400 | $ 46.418.000 |
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año |
LABORAL
Salario integral | |
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2019 | $ 10.765.508 |
2018 | $ 10.156.146 |
2017 | $ 9.590.321 |
2016 | $ 8.962.915 |
2015 | $ 8.376.550 |
Salario Mínimo Legal (Decreto 2451 de diciembre 27 de 2018) |
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2019 | $ 828.116 |
2018 | $ 781.242 |
2017 | $ 737.717 |
2016 | $ 689.455 |
2015 | $ 644.350 |
Auxilio de Transporte (Decreto 2452 de diciembre 27 de 2018) |
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2019 | $ 97.032 |
2018 | $ 88.211 |
2017 | $ 83.140 |
2016 | $ 77.700 |
2015 | $ 74.000 |
Salud (aportes) | |
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Para aquellas empresas que cumplen para la exoneracion al Sistema de Seguridad Social en Salud no aplica la tarifa de la empresa |
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Total: | 12.5 % |
Empresa: | 8.5 % |
Trabajador | 4 % |
Pensión (aportes) | |
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Total: | 16 % |
Empresa: | 12 % |
Trabajador: | 4 % |
Parafiscales | |
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(aplica a salarios superiores a 10 SMLMV) | |
Sena: | 2 % |
ICBF: | 3 % |
C.Compens.Fam.: | 4 % |
Recargos | |
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Extra Diurna: | +25 % |
Nocturna: | +35 % |
Extra Nocturna: | +75 % |
Dominical: | +75 % |
Extra Dominical: | +100 % |
Extra Dominical Nocturna: | +150 % |
FINANCIERA
IPC
(Ver tabla)
2017 4,09 %
2016 5,75 %
2015 6,77 %
2014 3,66 %
2013 1,94 %
2012 2,44 %
Tasa de Interés - Dian
Artículo 635 del ET
(su inciso segundo fue modificado
por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016)
Tasa aplicable a las obligaciones administradas
por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–
Entre el 1 y 28 de febrero de 2019 27,55 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2019 26,74 %
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 28 de febrero de 2019 19,70 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2019 19,16 %
Microcrédito
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 36,65 %
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018 36,72 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 34,25 %
Entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 37,55 %
Tasa de Usura - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 28 de febrero de 2019 29,55 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2019 28,74 %
Microcrédito
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 54,98 %
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018 55,08 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 51,38 %
Entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 56,33 %
Fuente: Actualicese.com
ENLACES DE INTERES
Cámara de Comercio de Cartagena
Cómo opera tributariamente el arrendamiento de bienes muebles por medio de inmobiliarias o intermediarios
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En las operaciones con intermediarios o inmobiliarias referentes a arrendamientos de bienes inmuebles debemos atender lo siguiente:
* Se debe exigir el RUT de la persona natural o Jurídica propietaria del bien inmueble, o la certificación del beneficiario del pago expedida por la Inmobiliaria o intermediario.
* Se debe tener en cuenta la calidad de Régimen simplificado o Común del propietario del bien inmueble, para la aplicación de la retención a titulo de IVA y no la calidad de contribuyente de la inmobiliaria o intermediario.
* El certificado de retención en la fuente a titulo de Renta o IVA debe expedirse a nombre del propietario del bien inmueble y no de la inmobiliaria o intermediario.
4. La retención a titulo de ICA en caso de practicarse, debe realizarse a nombre del propietario del bien inmueble y no de la inmobiliaria.
5. La información que se debe reportar en medios magnéticos nacionales y distritales referente al gasto por el respectivo arrendamiento, debe hacerse con el nombre o razón social del dueño del bien inmueble y no de la inmobiliaria o intermediario.