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VENCIMIENTO DECLARACIÓN DE RENTA AÑO GRAVABLE 2022 - 50%OFF SOLO PARA NUESTROS CLIENTES INMOBILIARIOS
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Vencimientos para presentación y pago de la Declaración de Renta Personas Naturales por el año gravable 2022
La gran mayoría de nuestros clientes está protegida por nuestro servicio de notificación previa y asesoría para iniciar y elaborar con éxito cada declaración de renta.
Para evitar sanciones hay que tomar acción y desde ya debemos comenzar a rescatar los documentos soporte para la elaboración de las mismas..
Así como en años anteriores, tenemos el equipo de contadores que se dedicará con la misma energía de cada año con el objetivo de satisfacer a cabalidad nuestra misión de "ELEVAR EL BIENESTAR FINANCIERO Y LA TRANQUILIDAD DE NUESTROS CLIENTES".
Siguiendo con la campaña de COSTOS JUSTOS iniciada en años anteriores, atenderemos a nuestros clientes de negocios inmobiliarios como primera prioridad con 50% de descuento en su declaración.
50%OFF SOLO PARA NUESTROS CLIENTES INMOBILIARIOS
Queremos que se sientan atendidos y que se den cuenta que el cierre de un negocio inmobiliario trae beneficios en éste ámbito. Estamos contentos de que así sea y que en un futuro podamos otorgar este beneficio al ampliar la cartera de clientes inmobilarios.
Para recibir más información síguenos ahora mismo en: https://instagram.com/ivconta uno de nuestros colegas expertos le atenderá!.
C.P. NESTOR ANDRADE
Contador Público
Universidad de Cartagena
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Vender una casa para comprar otra tiene exención
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¿Cómo se grava la utilidad proveniente de la venta de la casa o apartamento de una persona natural?
Establece la normatividad que de la utilidad que reciba una persona natural, derivada de la venta de la casa o apartamento de habitación, estarán exentas las primeras 7.500 UVT, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
En primer lugar, debe tratarse de la casa o apartamento de habitación. Al respecto la Dian, en el Concepto N° 428 del 2015, precisó que “se entiende por habitar / habitación de conformidad con la definición dada por el Diccionario de la Real Academia de Lengua Española, la acción y efecto de vivir”, por lo que concluye que el beneficio recae sobre el bien inmueble, donde el contribuyente habite o viva; así mismo, exige la norma que el valor del bien inmueble objeto de venta determinado por el valor catastral o el autoevalúo no puede superar las 15.000 UVT.