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Contable, comercial, laboral, tributario y legal

En los contratos, sean civiles, comerciales o administrativos, donde esté involucrada la prestación de un servicio por una persona natural en favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, indistintamente de la forma en que se pacte el servicio, la denominación de la remuneración o de los elementos o maquinaria utilizada para su prestación, la parte contratante deberá verificar la afiliación y el pago de aportes al sistema de seguridad social integral que le corresponden al contratista. Por el contrario, en los contratos que no impliquen la prestación de un servicio personal, tales como los de arrendamiento de bienes inmuebles, no resulta aplicable la verificación prevista en el artículo 3° del Decreto 1070  del 2013, modificado por el artículo 9° del Decreto 3032 del 2013. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó la vigencia del Concepto 48258 del 2014, ratificado por el Concepto 17765 del 2015.

Iniciando mi camino como contador público, en pleno primer semestre en la universidad, me estrellé con la siguiente frase: “El contador es aquel personaje que se sienta en la oficina del fondo, con calculadora en mano y cientos de papeles haciendo de su oficina un desorden de difícil dimensión”. La desmotivación fue instantánea y una pregunta llegó a mi cabeza, ¿Esto es lo que me ofrece la contaduría?

 

Día a día y con el pasar de las clases, la cosa no parecía tomar un rumbo diferente, el proceso se tornaba algo cuadriculado y no iba más allá del desarrollo de registros contables y documentos soportes inundaban el panorama académico, es decir, la respuesta a mi pregunta no parecía la mejor.

 

Con el pasar de los semestres los visos fueron haciéndose más amables, empecé a encontrar enfoques diferentes, a ver un cubo en lugar de un cuadrado y a visualizar mi futuro profesional de otra forma. ¿Por qué?

 

Como contador puedo ejercer como administrador o gerente, conozco la situación de las empresas que están a mi cargo, conozco el índice de ingresos, conozco los costos y gastos partícipes día a día en el desarrollo del objeto social, ¿acaso no puedo realizar estudios y presentar propuestas para la optimización de procesos?, ¿acaso con el conocimiento de la situación financiera de la empresa no soy apto para jugar un papel importante en la toma de decisiones?, ¿acaso no puedo llevar las riendas de una compañía que conozco integralmente?

 

Los años no se hicieron esperar y la mitad de la carrera estaba en el mapa, los enfoques se hacían cada vez más amplios y entonces me dije: “Como contador puedo ser un consultor tributario o director de impuestos”, conozco la normatividad referente al tema y puedo perfeccionar mis conocimientos en él, ¿acaso no estoy capacitado para apoyar a una empresa dentro de sus procesos tributarios frente a entidades de vigilancia como la DIAN?, ¿acaso no puedo desarrollar estrategias que permitan a la empresa una planeación tributaria óptima, ¿acaso no puedo ser en el futuro el Ministro de Hacienda de Colombia?

 

Del apasionante y complejo tema tributario, los semestres pasaron y una nueva puerta se abrió: la auditoría. Como contador puedo desempeñarme como auditor y desarrollar proyectos en la materia dentro de cualquier organización, ¿acaso como contador no puedo ser revisor fiscal de las empresas obligadas a contar con esta figura?, ¿acaso no puedo desarrollar procedimientos para desarrollar un sistema de control interno ajustado a las necesidades del cliente?, ¿acaso no puedo desarrollar procedimientos que permitan llevar a cabo una auditoría forense, financiera, operacional o informática?

 

En medio de trabajos, parciales y un sinfín de exposiciones, me vine a topar en el año 2009 con la Ley 1314, aquella que iba a cambiar la forma de ver la contabilidad en Colombia; para algunos una incómoda decisión por parte del Gobierno, pero quizá esa incómoda decisión, no era más que un campo por explorar, más aún si tenemos en cuenta el creciente número de tratados de libre comercio que se han pactado en los últimos años y la necesidad de profesionales con conocimiento en normatividad financiera y contable internacional para aprovechar los beneficios que estos pueden generar. ¿Acaso no puedo ser el asesor en procesos de convergencia de alguna empresa multinacional?, ¿acaso como contador no puedo apoyar y dirigir equipos de implementación de NIF en el país?, ¿acaso luego de capacitarme en la materia no puedo apoyar el proceso de preparación de otros?

 

Llegó el esperado momento, después de cinco años de vida universitaria recibiría el título de contador, y allí llegó a mi mente de nuevo la frase que escuche durante el primer semestre, aquella que retumbó en mi cabeza durante tanto tiempo, la que me llevó a preguntarme “¿Esto es lo que me ofrece la contaduría?”; pero ahora mi respuesta era clara, la contaduría va más allá del manejo de registros contables, va más allá de la digitación de documentos, va más allá de la tenencia de libros. Como profesionales contamos con un amplio espectro de opciones, desde ejercer como funcionarios públicos en cargos administrativos y acordes a nuestro campo de acción, hasta como docentes encargados de transmitir y generar conocimiento en la nueva generación de profesionales de la contaduría, pasando por asesores financieros, quizá como auditores, tal vez como revisores fiscales o, por qué no, como administradores o gerentes de una compañía, sin dejar de lado la posibilidad de explorar campos como la contabilidad ambiental, y como olvidar el asesoramiento a empresas en el tan importante tema de normas internacionales. La preparación y dedicación no se pueden dejar de lado, pero tenemos una imagen por construir y una profesión por ejercer.

 

Tomado de comunidadcontable.com

Autor: Julian Esteban Parra
Contador Público, Universidad Central

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