fbpx

 

 

La venta a cuerpo cierto de un inmueble supone que el objeto de la venta se delimita con la descripción existente en la Escritura Pública, independientemente del área exacta que tenga.

Es decir, que en la promesa de compraventa se describe el objeto de la misma, e incluso se puede mencionar el área de la misma, pero el valor de la venta es por el total del área (por la totalidad del terreno o area que ocupa el inmueble y no se tasa por unidad de área (hectáreas, fanegadas, cuadras, etc…).

En este caso, si ya hecha la venta, el comprador decide medir el lote o terreno o área que ocupa el inmueble y obtiene un resultado inferior al mencionado en la Escritura Pública de compra venta, éste no tiene lugar a la reclamación, ya que, en efecto, la venta se hizo a cuerpo cierto.

En resumen, en el caso de compra venta de bienes raíces, la venta a cuerpo cierto consiste en que el objeto de compra se delimita con su señalamiento, independientemente de los metros que tenga, o sea, que se compra una propiedad determinada y no una cantidad de metros cuadrados.

Si tienes dudas consulte conmigo y con gusto le ayudaré en su proceso de compraventa!.

 

Comprar On-line - Brokers