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Estos tres datos pueden hacer que usted se abstenga de pasarse al régimen simple de tributación:

1.  Si deciden dejar de ser contribuyentes del impuesto de renta bajo el régimen ordinario y se trasladan voluntariamente al régimen simple, no podrán pertenecer simultáneamente al universo de los “no responsables del IVA”.   Ver Artículo 4 de la Ley 1943 que agregó un nuevo parágrafo 3 al artículo 437 del ET.

2. Si una sociedad decide trasladarse desde el régimen ordinario del impuesto de renta hacia el régimen simple, la utilidad contable después de impuestos que obtenga dicha sociedad pasaría como un dividendo totalmente gravado a sus socios o accionistas.  Ver artículos 903 a 916 del ET.

3. Si se pasa al régimen simple de tributación debe comenzar a facturar electrónicamente de inmediato.

 

Por C.P. Néstor Andrade

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