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 TRIBUTARIA

Impuesto de Renta personas jurídicas
(artículo 240 del ET, modificado por artículo 100, Ley 1819 de 2016)
2018 33 %
2017 34 %

 

Sobretasa del impuesto de renta personas jurídicas
(artículo 240 del ET, modificado por artículo 100, Ley 1819 de 2016)
Sobre el exceso de $800.000.000
de Renta líquida gravable
Año 2017 
6 %
Año 2018
4 %

 

Sanción Mínima
(artículo 639 del E.T.)
2018 $332.000
2017 $319.000
2016 $298.000
2015 $283.000

 

UVT
(Resolución 000063 de 2017)
2018 $33.156
2017 $31.859
2016 $29.753
2015 $28.279
2014 $27.485
IVA
19 %
RETEIVA
15 %

 

Tributación en renta diferentes al 33 % en el 2018
Beneficiarios de la Ley 1429 de 2010 9 %
Servicios hoteleros hoteles remodelados 9 %
Servicios de ecoturismo 9 %
Leasing de inmuebles construidos para vivienda 9 %
Cultivos de tardío rendimiento (artículo 1 de la Ley 939 de 2004) 9 %
Empresas editoriales 9 %
Nuevos hoteles en municipios de hasta 200.000 habitantes 9 %
Hoteles remodelados en municipios de hasta 200.000 habitantes 9 %
Usuarios de nuevas zonas francas municipio de Cúcuta 15 %
Usuarios de zonas francas operadores y usuarios 20 %
Entidades régimen tributario especial 20 %
Cooperativas 20 %
Ganancias ocasionales 10 %
Ganancias ocasionales por premios rifas 20 %
Cédulas para declarar renta personas naturales 2017 en adelante
Rentas de trabajo (tabla 1 del artículo 241 del ET)
Renta de pensiones (tabla 1 del artículo 241 del ET)
Rentas de capital (tabla 2 del artículo 241 del ET)
Rentas no laborales (tabla 2 del artículo 241 del ET)
Renta por dividendos o participaciones (artículo 242 del ET)

 

Impuesto a la Riqueza - Personas Naturales
(artículo 296-2 del ET adicionado por el artículo 5 de la Ley 1739 de 2014)
2015 a 2018 - Base gravable (cifras en miles)
> 0 y < 2.000.000 0,125 %
>= 2.000.000 y < 3.000.000 0,35 %
>= 3.000.000 y < 5.000.000 0,75 %
>= 5.000.000 en adelante 1,50 %

 

FINANCIERA

 

IPC
(Ver tabla)
2016 5,75 %
2015 6,77 %
2014 3,66 %
2013 1,94 %
2012 2,44 %

 

 

Reajuste fiscal

Decreto 2169 de 2017

Para actualización de activos en la declaración de renta por el año gravable 2017 a presentar en 2018.

4,07 %

 

Tasa de Interés - Dian

Artículo 635 del ET (su inciso segundo fue modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016)

Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–

Entre el 1 y 28 de febrero del 2018 29,52 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2018 29,04 %

 

Interés Bancario Corriente - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 28 de febrero de 2018 21,01 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2018 20,69 %
Microcrédito
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2018 36,78 %
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2017 36,76 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018

37,55 %

 

Tasa de Usura - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 28 de febrero del 2018 31,52 %
Entre el 1 y 31 de enero de 2018 31,04 %
Microcrédito
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2018 55,17 %
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2017 55,14 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 56,33 %

 

 

NO OBLIGADOS

 

Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2017
La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2017 no fue responsable de IVA en el régimen común y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 5 requisitos:

 

Requisito UVT $31.859 Valor
Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda 4.500 $143.366.000
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a 1.400 $44.603.000
Consumos con tarjeta de crédito no excedan 1.400 $44.603.000
Compras y consumos totales del año no excedan 1.400 $44.603.000
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan 1.400 $44.603.000

 

LABORAL

 

Salario integral
2018 $ 10.156.146
2017 $ 9.590.321
2016 $ 8.962.915
2015 $ 8.376.550
2014 $ 8.008.000

 

Salario Mínimo Legal
(Decreto 2269 de diciembre 30 de 2017)
2018 $ 781.242
2017 $ 737.717
2016 $ 689.455
2015 $ 644.350
2014 $ 616.000

 

Auxilio de Transporte
(Decreto 2270 de diciembre 30 de 2017)
2018 $ 88.211
2017 $ 83.140
2016 $ 77.700
2015 $ 74.000
2014 $ 72.000

 

Salud (aportes)
Para aquellas empresas que cumplen para 
la exoneracion al Sistema de Seguridad
Social en Salud no aplica la tarifa de la
empresa
Total: 12.5 %
Empresa: 8.5 %
Trabajador 4 %

 

Pensión (aportes)
Total: 16 %
Empresa: 12 %
Trabajador: 4 %

 

Parafiscales
(aplica a salarios superiores a 10 SMLMV)
Sena: 2 %
ICBF: 3 %
C.Compens.Fam.: 4 %

 

Recargos
Extra Diurna: +25 %
Nocturna: +35 %
Extra Nocturna: +75 %
Dominical: +75 %
Extra Dominical: +100 %
Extra Dominical Nocturna: +150 %

 

Fuente: Actualicese.com

ENLACES DE INTERES

 DIAN

 Junta Central de Contadores

 Cámara de Comercio de Cartagena

 Actualicese.com

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